29 abril 2010
Revocada una sentencia que permitía instalar una antena de telefonía móvil
El Tribunal Superior de Justicia da la razón al Ayuntamiento, que había denegado las licencias para colocar la estación en una torre de la calle del Doctor Palanca
Publicado en Diario de León el 29/04/2010
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ) ha dado la razón al Ayuntamiento de La Bañeza, que había denegado la licencia ambiental y urbanística para la instalación de una estación base de telefonía móvil en una torre ya existente, situada en la azotea de un edificio de la calle del Doctor Palanca. Con este fallo, fechado el 5 de este mes, el TSJ revoca la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de León, que había resuelto en marzo del 2009 a favor de la empresa de telecomunicaciones que solicitó las autorizaciones y había ordenado al Ayuntamiento a que tramitase las licencias.
La sala entiende que la denegación de la licencia es «plenamente conforme» a las Normas Subsidiarias Municipales, según las cuales la torre en la que se iba a instalar la antena es «un elemento técnico anejo a una edificación cuya altura sobrepasaba ampliamente a las del edificio lindante y que cabía considerar por ello fuera de ordenación»; así, los edificios o instalaciones en esta situación sólo admiten «pequeñas reparaciones» encaminadas a su conservación, pero no «otras obras, entre ellas las de aumento o ampliación de volumen». Las razones apuntadas coinciden «con el criterio de esta sala», que aporta otros fallos que ha dictado, sobre casos similares en Palencia y Valladolid, en las que entiende «que las instalaciones a las que se hace referencia son las propias del edificio a cuyo servicio exclusivo se destinan, y que no es posible tener como tales a las que pretende prestar servicio a una población superior a la del inmueble en cuestión».
También se considera que no existe «prueba suficiente» de que las normas subsidiarias «hagan inviable el desarrollo de la telefonía móvil en La Bañeza» y se destaca que, pese a considerarse la telefonía como un servicio de interés general «no le exime de cumplir la normativa de aplicación».
El último conflicto.
La sentencia, ante la que no cabe recurso, se produce después de que a finales de enero un decreto de la alcaldía bañezana ordenase la paralización de la instalación de una antena de telefonía móvil en la calle de Jacinto Benavente por carecer de licencias municipales. En aquella ocasión se dio aviso a la distribuidora eléctrica Unión Fenosa para que no suministrase electricidad a la estación de telefonía y se ordenó a la Policía Local vigilar el inmueble, a fin de que no continuasen las obras.
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